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Las entidades que desarrollan prácticas que involucran la gestión* de material radiactivo en sus instalaciones o fuera de ellas con fines industriales, médicos, de investigación o de cualquier otro orden, deben tener licencia de manejo de material radiactivo, previa al inicio de la práctica. Esa licencia es otorgada una vez sea verificada la idoneidad del personal y la seguridad de la instalación. La solicitud de la licencia debe hacerse mediante oficio suscrito por el representante legal de la Entidad, dirigido al Grupo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica de INGEOMINAS, anexando la documentación requerida y previa la cancelación del valor del estudio de la licencia.
NORMA LEGAL:
* Por "gestión" se entiende las actividades administrativas y operacionales que intervienen en la fabricación, suministro, recibo, posesión, almacenamiento, utilización, transferencia, importación, exportación, transporte, mantenimiento, reciclado o disposición final de fuentes radiactivas;
Resolución 18-1304 de 2004, Resolución 18-0208 de 2005, Resolución 18-1478 de 2004, Resolución 18-1434 de 2002, Resolución 18-1030 de 2007, Decreto 070 de 2001
Formato de solicitud de licencia de manejo
Formato de solicitud de Registro
Contenido temático Manual de Protección Radiológica
Resolución 181304 licencia de manejo
Resolución 180208 modificatoria licencia de manejo y otras
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